Preguntas Frecuentes

Inmigración

P: ¿Cuál es el primer paso para presentar mi solicitud de residencia legal ante el Servicio Nacional de Migración en Panamá?

R. El primer paso para iniciar su proceso es REGISTRAR SU PASAPORTE. A continuación, encontrará el procedimiento a seguir para su referencia:

  • La presencia del cliente/solicitante no es obligatoria. Los oficiales de inmigración solo atenderán al abogado o a su asistente legal autorizado.
  • El cliente/solicitante debe entregar el pasaporte físico original al abogado o a su asistente legal autorizado.
  • El proceso de registro de pasaporte generalmente se realiza el mismo día; sin embargo, el tiempo dependerá del número de solicitantes que se encuentren frente a nuestro representante en la fila, por lo que cuanto antes lleguemos, mejor.
  • La oficina de inmigración de Panamá colocará un sello en el pasaporte del solicitante con un número de registro, el cual se utiliza durante todo el proceso de inmigración. Por lo tanto, es recomendable que el pasaporte utilizado tenga al menos uno o dos años de vigencia antes de su fecha de vencimiento. Una vez registrado el pasaporte en la oficina de inmigración de Panamá, el solicitante recibirá su pasaporte de vuelta. El cliente debe mantener una fotocopia de su pasaporte y de la página del sello de entrada consigo en todo momento en Panamá.

R. Sí, por supuesto, y no solo en esa oficina, sino en cualquier oficina gubernamental donde deba realizar algún trámite, que detallamos a continuación:

Código de vestimenta:

Para hombres: Los clientes/solicitantes deben usar pantalones largos, camisa con cuello y zapatos con calcetines. No usar pantalones cortos, camisas o camisetas con cortes, ni calzado que muestre los dedos de los pies.

Para mujeres: Las clientas/solicitantes deben usar vestido o pantalones largos, camisa o blusa con cuello que cubra los hombros y calzado formal. No se permiten minifaldas, pantalones cortos, camisas o blusas con cortes que muestren los hombros ni camisetas, ni sandalias ni calzado que muestre los dedos de los pies.

  •  

R: La residencia permanente solo le otorga el derecho a residir (vivir) legalmente en el país; es decir, puede permanecer legalmente en el país mientras su estatus de residencia lo permita. Trabajar es otro derecho aún no otorgado, mediante la solicitud de un permiso de trabajo. Existen programas de residencia específicos que le permitirán solicitar un permiso de trabajo, y si así lo desea, es importante considerar primero esas opciones de residencia.

R: Cualquier extranjero que tenga una solicitud de residencia pendiente de aprobación y pretenda viajar al extranjero durante ese período necesita una visa de entrada múltiple. Si un residente temporal sale del país sin dicha visa, recibirá una multa de USD 2000.00. Generalmente, incluimos la visa de entrada múltiple en la solicitud de nuestros clientes por defecto.

R: Los antecedentes penales tienen una validez de hasta seis meses, a menos que el propio documento especifique lo contrario. El certificado de salud emitido en Panamá tiene una validez de noventa días. La carta de referencia bancaria tiene una validez de treinta días. Los certificados de matrimonio, de nacimiento y de jubilación tienen una validez de seis meses.

R: Generalmente se requieren al menos cinco (5) días hábiles, pero se recomiendan de ocho (8) a diez (10) días.

R: En la mayoría de los Permisos de Residencia, la Ley de Migración panameña permite incluir a su grupo familiar (cónyuge, hijos y padres) en la tramitación del principal. En cuanto a los hijos, pueden incluirse hasta los 18 años, y excepcionalmente hasta los 25, siempre que sean solteros y estén estudiando o matriculados en una universidad en Panamá.

Así, por ejemplo, si un extranjero de nacionalidad estadounidense solicita un Permiso de Residencia bajo el Convenio de Países Amigos, puede incluir a su cónyuge, hijos e incluso a sus padres, incluso si alguno de ellos no tiene nacionalidad estadounidense. Los incluiría en su solicitud como dependientes y gozarían de los mismos beneficios que el principal.

Sin embargo, no todas las visas o permisos de residencia permiten incluir al grupo familiar en la solicitud del principal; las visas de no residente, las visas de corta estancia y algunas visas temporales no admiten dependientes.

R: La Tarjeta de Trámite es un documento de identificación emitido por el Servicio Nacional de Migración al iniciar su proceso migratorio. Tiene una validez de seis meses mientras se analiza su expediente. Esta tarjeta le otorga la condición de Residente Provisional, incluso mientras se analizan sus documentos, lo que significa que puede permanecer en la República de Panamá durante ese tiempo mientras espera la aprobación de su solicitud.

Recuerde verificar que todos sus documentos estén completos antes de viajar a Panamá.

R: No. Solo el titular de la solicitud de Visa de País Amigo puede solicitar un permiso de trabajo de País Amigo. Los dependientes no pueden solicitarlo. Lo mismo ocurre con las demás categorías migratorias, como los residentes bajo el Tratado Italia-Panamá y los extranjeros profesionales. Sin embargo, en abril de 2019 se aprobó una nueva categoría de permiso de trabajo, denominada permiso de trabajo para residentes permanentes, que otorga el derecho a todos los residentes permanentes con cédula electrónica panameña a solicitarlo.

R: Varía. Algunos países para los cuales Inmigración acepta antecedentes penales emitidos en el consulado local son: Reino Unido, Chile, Argentina, Corea del Sur y Colombia.

R: Se requiere residencia para solicitar una licencia de conducir local. Contamos con un equipo especializado que puede ayudarle con este trámite.

R: Los extranjeros pueden conducir con su licencia extranjera, hasta por 90 días únicamente, sin embargo, una vez que solicitan la residencia, ya no pueden conducir con ella, ya que se les solicitará que obtengan una licencia de conducir de Panamá.

R: Panamá, al igual que otros países, mantiene leyes que reservan el ejercicio profesional a los nacionales, por lo que los extranjeros no pueden ejercer dichas profesiones por no tener la idoneidad correspondiente. La idoneidad la otorgan los respectivos colegios profesionales, que exigen que el solicitante sea panameño.

Por esta razón, sería ilógico que un extranjero solicitara la RESIDENCIA COMO PROFESIONAL EXTRANJERO, cuyo documento principal sea un título de licenciatura, maestría o doctorado, si este lo acredita como profesional de una carrera reservada. NO es posible solicitar este permiso de residencia con un título de una carrera reservada.

Cuando el extranjero posea varios títulos profesionales, podrá obtener su residencia utilizando cualquiera de los títulos no reservados para nacionales.

Las carreras son:

Enfermería. Ley 1 de 1954
Barbería y cosmetología. Ley 4 de 1956
Odontología. Ley 22 de 1956
Arquitectura. Ley 15 de 1959
Ciencias Agropecuarias. Ley 22 de 1961
Farmacia. Ley 24 de 1963
Quiroprácticos. Decreto 8 de 1967
Nutrición. Decreto 362 de 1969
Medicina. Decreto 196 de 1970
Psicología. Ley 56 de 1975
Auxiliar Médico. Decreto 32 de 1975
Contabilidad. Ley 57 de 1978
Periodismo. Ley 67 de 1978
Técnico de Laboratorio. Ley 74 de 1978
Relaciones Públicas. Ley 37 de 1980
Fonoaudiología, terapeutas y afines. Ley 34 de 1980
Economía. Ley 7 de 1981
Trabajo Social. Ley 17 de 1981
Veterinaria. Ley 3 de 1983
Fisioterapia. Ley 47 de 1984
Radiología Médica. Ley 42 de 1980
Ley. Ley 9 de 1984
Auxiliar Dental. Ley 21 de 1994
Sociología. Ley 1 de 1996
Química. Ley 45 de 2001
Formación en las siguientes materias: Historia, Geografía y Mención Cívica. Ley 47 de 1946 (Se permiten las demás menciones).
Todas las Ingenierías.

Se nos ha preguntado sobre la ocupación de VISITANTE MÉDICO, que no aparece en la lista porque, como en muchos países, no es una profesión, sino una ocupación. En Panamá, la Ley 24 de 1963 establece en su artículo 35 que solo los profesionales panameños con títulos en medicina, odontología, veterinaria, farmacia, química, bioquímica y licenciatura en Ciencias Médicas pueden actuar como visitadores médicos, excluyendo así a los extranjeros y también a los nacionales no graduados en dichas carreras.

Aunque obtenga un permiso de trabajo como resultado de haber solicitado y obtenido un permiso de residencia, no podrá ejercer estas profesiones con dicho permiso, ya que podría ser sancionado por ello.

En aquellas visas o permisos migratorios que otorgan derecho a la naturalización, una vez naturalizado panameño, podrá colegiarse, obtener su titulación y ejercer cualquiera de estas profesiones solo con la homologación o revalidación de su respectivo título.

El ejercicio de las carreras reservadas sin idoneidad está penado por la ley.

Bienes Raíces

P: ¿Cuál es la base legal para obtener la residencia permanente en el programa Panamá-Italia?

A: Resolución 4803 de 30 de marzo de 2012; Ley 15 de 1 de febrero de 1966; Ley 3 de 22 de febrero de 2008; y Decreto Ejecutivo 320 de 8 de agosto de 2008.

R: Cualquier persona o entidad nacional o extranjera puede adquirir y poseer propiedades en el país.

R: Depende de cómo desee mantener la propiedad. Si opta por mantenerla a su nombre, deberá firmar un poder notarial y autenticarlo en el consulado panameño más cercano. Sin embargo, si desea que sea propiedad de una sociedad holding o fundación, podemos preparar y firmar los documentos en nombre de su nueva entidad, para lo cual solo necesitaremos coordinar todo.

Sociedades y Fundación de Interés Privado

P: ¿Puedo abrir un negocio y trabajar?

R: Bueno, puedes invertir y abrir un negocio, pero para trabajar en él se supone que necesitas un permiso de trabajo, incluso si es tu propio negocio.

R: Las sociedades anónimas están formadas por los funcionarios (Presidente, Secretario y Tesorero); la Junta Directiva (al menos tres) y los accionistas. Los accionistas son quienes controlan la sociedad y pueden nombrar y designar a los miembros de la Junta Directiva, quienes a su vez designan al Presidente y a otros funcionarios responsables de la gestión administrativa de las funciones de la sociedad.

A: Las fundaciones de interés privado están formadas por los directivos (presidente, secretario y tesorero), cuyo nombramiento es opcional, ya que la ley no obliga a su designación; los miembros (al menos uno si se trata de otra persona jurídica) o tres si son personas físicas. Los miembros del Consejo de la Fundación son responsables de la gestión administrativa de la fundación. Los fundadores, los miembros del Consejo de la Fundación, los beneficiarios y los protectores o entes supervisores pueden ser personas físicas o jurídicas de cualquier nacionalidad con domicilio en cualquier parte del mundo. No es necesario que los fundadores sean miembros del Consejo de la Fundación.

R: La ley panameña exige que las sociedades o fundaciones de interés privado cuenten necesariamente con un agente residente, quien deberá ser un abogado o firma de abogados autorizado.

A: Corporations pays US$300.00 of annual tax, as a government fee for its right of existence.  Additionally, the resident agent might charge his own fee to represent it.

R: Se recomienda constituir una sociedad anónima si va a emprender un negocio, ya sea en Panamá o en cualquier otro país del mundo, para poder separar la posible responsabilidad comercial, si la hubiera, de su patrimonio personal. Algunas personas también utilizan las sociedades anónimas como una entidad de gestión de bienes inmuebles o cuentas bancarias.

R: Las Fundaciones de Interés Privado son la mejor opción para la Planificación Patrimonial, de manera que, en caso de que usted tenga diversos activos, como bienes inmuebles y cuentas bancarias, estos puedan ser mantenidos por su Fundación de Interés Privado, para que sus herederos declarados puedan heredarlos automáticamente, sin pasar por un costoso y largo Proceso Sucesorio.

A: El proceso de cierre o disolución de una sociedad anónima o fundación de interés privado requiere la inscripción de un acta/resolución en el libro de actas de la sociedad o fundación de interés privado, aprobando su cierre o disolución. Esta acta/resolución debe protocolizarse mediante escritura pública, inscribirse en el registro público de Panamá y publicarse en un periódico local al menos una vez.

R: Dependiendo del plan elegido por el cliente el tiempo de procesamiento puede variar entre 5 a 7 días hábiles.

A: The minimum capital must be US$10,000 and must not be fully paid up or released.

R: Una corporación puede ser formada por un solo accionista.

R: Los accionistas no necesariamente tienen que ser panameños, pueden ser personas naturales o jurídicas de cualquier nacionalidad y domiciliadas en cualquier parte del mundo.

R: La responsabilidad de los accionistas está limitada por el monto que deben por sus acciones.

A: El Registro Público es la institución del Estado donde se inscriben las sociedades anónimas o fundaciones de interés privado constituidas bajo la legislación panameña, así como las sociedades extranjeras que realizan actividades en Panamá. Cabe mencionar que el Registro Público de Panamá es considerado uno de los más ordenados, eficientes y modernos de Latinoamérica.

A: Las actividades relacionadas con el lavado de activos, el narcotráfico, la trata de personas, el terrorismo, son consideradas actividades ilegales tanto en Panamá como en cualquier parte del mundo.

R: Para la mayoría de nuestros servicios, incluyendo trámites migratorios, así como transacciones de compraventa de bienes raíces y presentaciones bancarias, se requiere una visita personal. En algunos casos, podemos constituir sociedades o fundaciones panameñas sin necesidad de reunirnos en persona. Sin embargo, Panamá es un país hermoso y le animamos a visitarnos. Nuestros abogados estarán encantados de programar una consulta personal con usted. Las consultas son gratuitas durante los primeros 30 minutos y tienen un costo de US$100 por hora.

R: Ofrecemos diversos servicios de reubicación. Podemos ayudarle a obtener la residencia en Panamá, establecer negocios, realizar presentaciones bancarias, entre otros servicios.

R: Depende de tus necesidades. Los extranjeros suelen alquilar el primer año y luego compran una propiedad.

A: Yes, we can arrange to show you many different properties, depending on what you are looking for and the location you prefer. Once you decide on a property you wish to rent or buy, we can assist you with handling your property transaction.R: Sí, podemos organizarle una visita a diversas propiedades, según lo que busque y la ubicación que prefiera. Una vez que se decida por la propiedad que desea alquilar o comprar, podemos ayudarle con la gestión de su transacción.

R: Generalmente, las corporaciones se utilizan para emprendimientos lucrativos que involucran actividades comerciales tales como comercio de valores, banca, comercio internacional, propiedad de activos, etc. Las fundaciones de interés privado generalmente se utilizan para actividades sin fines de lucro tales como organizaciones benéficas, recibir o dar donaciones, subvenciones, etc., pero también se pueden utilizar para fines de tenencia tales como poseer propiedad de una corporación panameña o cualquier otro tipo de activo. Los fideicomisos generalmente se utilizan para fines de tenencia tales como poseer corporaciones o poseer activos.

R: Sí, puede enviar sus enseres domésticos a Panamá. Se recomienda enviar sus enseres domésticos a Panamá después de obtener la residencia, ya que podría obtener descuentos especiales en los aranceles de importación si reside como pensionado, por ejemplo.

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